II Protocolo general para la distribución de alimentos en centros educativos públicos a raíz de la emergencia nacional por COVID-19

03.04.2020

Presentación

El Despacho de la señora Ministra de Educación Pública, mediante resolución MEP-0555-03-2020 del 20 de marzo, autorizó la implementación del "Protocolo general para la distribución de alimentos en centros educativos públicos por la suspensión de lecciones, a raíz de la emergencia nacional por COVID-19", mediante el cual la Dirección de Programas de Equidad, definió los lineamientos técnicos requeridos para realizar la compra y posterior entrega de paquetes de víveres, de modo que los estudiantes que lo necesiten puedan acceder a alimentos inocuos y nutritivos, sin necesidad de exponerse en espacios públicos y concurridos, sustituyéndose momentáneamente el servicio de alimentación (preparación en el comedor estudiantil y compra de alimentos preparados), debido a la emergencia nacional por COVID-19 entodos los centros educativos públicos donde existen beneficiarios del Programa de Alimentación y Nutrición del Escolar y del Adolescente

(PANEA). Esta versión actualiza el protocolo anterior e incorporar algunos elementos generales con el fin de mejorar su comprensión. El objetivo principal es, en el marco de la evolución de la emergencia, combinar los lineamientos de garantizar el acceso al servicio esencial nutricional con el de limitar la expansión del contagio, evitando, hasta donde sea posible, que muchos niños y jóvenes tengan que estar presentes al mismo tiempo en los centros educativos.

Este protocolo será efectivo, contando con la coordinación de la junta de educación o administrativa en conjunto con el director del centro educativo para ejecutar los lineamiento propuestos.

En todos los procesos indicados en este protocolo se deben aplicar los lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud sobre el lavado de manos, tos, estornudo y organización de personas en lugares públicos, los cuales se pueden consultar en el enlace: https://www.ministeriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/docs/eventos_masivos_12032020.pdf

Beneficiarios

Los paquetes de alimentación son únicamente paraestudiantes beneficiarios de los comedores estudiantiles, del Programa de Alimentación y Nutrición del Escolar y del Adolescente (PANEA) y según los datos que maneja cada centro educativo, por eso, en los casos donde los estudiantes matriculados son más que la cantidad de beneficiarios de comedores estudiantiles, únicamente se debe dar los paquetes a los beneficiarios,no a toda la matrícula.

Los centros educativos pueden consultar la cantidad de beneficiarios en la Dirección Regional correspondiente, por medio del sistema "TCTE" en su reporte número 5. Todos aquellos casos documentados donde el Departamento de Alimentación y Nutrición (DAN) de la Dirección de Programas de Equidad aprobó los beneficiarios, durante el primer trimestre del 2020, pero que no aparecen en el TCTE, también se les pueden entregar

paquetes. Se entrega un paquete de alimentación de productos perecederos y no perecederos por estudiante beneficiario, NO es un paquete por hogar.

Paquetes de alimentos